Marcas

Registro de Marcas

  • 1.-
    ¿Qué es una Marca?
    Es un signo visible que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de las demás.
  • 2.-
    ¿Qué puede constituir una marca?
    Cualquier palabra, diseño, logotipo, letra, sigla, número, color, dibujo, forma, foto, etc., siempre y cuando sean distintivos o cualquier combinación de éstos elementos. Los aromas. Los sonidos. Los hologramas. La imagen comercial de los productos o servicios. Las formas tridimensionales.Los nombres propios y apellidos. Y los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales.
  • 3.-
    ¿En cuánto tiempo se puede obtener el título de registro de una marca?
    El título de registro de una marca puede obtenerse, en caso de ser concedida, entre 6 meses y 1 año 2 meses.
  • 4.-
    ¿Cuál es la vigencia del registro de la marca?
    Es de 10 años a partir de la fecha en que se solicita y se puede renovar por periodos de 10 años, indefinidamente.
  • 5.-
    ¿Los distribuidores deben registrar una marca propia?
    Sí, a efecto de distinguir sus servicios de los de la competencia ante el público consumidor.
  • 6.-
    ¿Todas las marcas logran su registro?
    No. El IMPI puede conceder la marca o puede negarla por existir anterioridades, es decir, marcas iguales o similares previamente registradas en IMPI, o por existir impedimentos legales para el registro de una marca.
  • 7.-
    ¿Cuál es el procedimiento del registro de marca?

    1.- Se realiza una búsqueda de anterioridades para conocer la existencia de marcas en trámite o registradas iguales o similares a la marca de interés. Del análisis de dicha búsqueda se puede obtener un aproximado de las posibilidades de éxito en el registro de la marca.

    2.- Se reportan los resultados de la búsqueda de anterioridades al cliente. Si la búsqueda sale favorable se presenta la solicitud de marca ante el IMPI y se le reporta al cliente la presentación de la misma.

    3.- El IMPI tiene 10 días para publicar la solicitud de registro de la marca en su Gaceta. La persona que se oponga al registro de la nueva marca, por creer que la nueva marca es semejante a su marca registrada, puede presentar un escrito en el IMPI manifestando sus opiniones. En ese caso, se tiene que dar contestación con argumentos legales a la oposición.

    4.- El IMPI estudia la solicitud de registro de marca y hace un examen de forma y de fondo conjunto a través del cual puede emitir el título de registro de la marca o puede emitir un oficio de requisitos solicitando: Aclarar la descripción de los productos o servicios que se desean proteger; y/o manifestar lo que a derecho del interesado convenga, con relación a algún impedimento legal porque considere que la marca es descriptiva de los productos o servicios que se desean proteger, que es la traducción de palabras no registrables, que carece de distintividad, etc.; y/o manifestar lo que a derecho del interesado convenga, con relación a alguna anterioridad, es decir, a una marca ya registrada que sea igual o similar a la marca que se desea proteger cuando ambas marcas protejan iguales o similares productos o servicios; y/o con relación a una oposición de algún tercero.

    Si el IMPI emite un oficio de requisitos, el mismo se reporta al cliente y se procede a dar contestación con argumentos legales, asimismo, se reporta la contestación del oficio al cliente.

    5.- Se obtiene el título de registro entre 4 a 6 meses si no hay requisitos o hasta dentro de 1 año 3 meses, aproximadamente, si hay requisitos, excepto en el caso de que el Instituto niegue la concesión del registro por considerar que su marca vulnera los derechos de marca registrada de otro titular.


Eslogan

Registro de Eslogan

  • 1.-
    ¿Qué es un eslogan?
    Es una frase u oración que tiene por objeto anunciar al público productos, servicios o establecimientos comerciales, industriales o de servicios.
  • 2.-
    ¿En cuánto tiempo se puede obtener el título de registro de un eslogan?
    El título de registro de un eslogan puede obtenerse, en caso de ser concedido, entre 6 meses y 1 año 2 meses.
  • 3.-
    ¿Cuál es la vigencia del registro de un eslogan?
    Es de 10 años a partir de la fecha en que se solicita y se puede renovar por periodos de 10 años, indefinidamente.
  • 4.-
    ¿Los distribuidores deben registrar su propio eslogan?
    Sí, a efecto de distinguir sus servicios de los de la competencia ante el público consumidor.
  • 5.-
    ¿Todos los eslóganes logran su registro?
    No. El IMPI puede conceder un eslogan o puede negarlo por existir anterioridades, es decir, marcas o eslóganes iguales o similares previamente registrados en IMPI, o por existir impedimentos legales para el registro de un eslogan.
  • 6.-
    ¿Cuál es el procedimiento del registro de un eslogan?

    1.- Se realiza una búsqueda de anterioridades para conocer la existencia de marcas o eslóganes en trámite o registrados iguales o similares al eslogan de interés. Del análisis de dicha búsqueda se puede obtener un aproximado de las posibilidades de éxito en el registro del eslogan.

    2.- Se reportan los resultados de la búsqueda de anterioridades al cliente. Si la búsqueda sale favorable se presenta la solicitud de aviso comercial ante el IMPI y se le reporta al cliente la presentación de la misma.

    3.- El IMPI tiene 10 días para publicar la solicitud de registro en su Gaceta. La persona que se oponga al registro del eslogan, por creer que es semejante a otro eslogan registrado, puede presentar un escrito en el IMPI manifestando sus opiniones. En ese caso, se tiene que dar contestación con argumentos legales a la oposición.

    4.- El IMPI estudia la solicitud de registro y hace un examen de forma y de fondo conjunto a través del cual puede emitir el título de registro de la marca, o puede emitir un oficio de requisitos solicitando: Aclarar la descripción de los productos o servicios que se desean proteger; y/o manifestar lo que a derecho del interesado convenga, con relación a algún impedimento legal porque considere que el eslogan es descriptivo de los productos o servicios que se desean proteger, que es la traducción de palabras no registrables, que carece de distintividad, etc.; y/o manifestar lo que a derecho del interesado convenga, con relación a alguna anterioridad, es decir, a un eslogan ya registrado que sea igual o similar al eslogan que se desea proteger cuando ambos eslóganes protejan iguales o similares productos o servicios; y/o con relación a una oposición de algún tercero.

    Si el IMPI emite un oficio de requisitos, el mismo se reporta al cliente y se procede a dar contestación con argumentos legales, asimismo, se reporta la contestación del oficio al cliente.

    5.- Se obtiene el título de registro entre 4 a 6 meses si no hay requisitos o hasta dentro de 1 año 3 meses, aproximadamente, si hay requisitos, excepto en el caso de que el Instituto niegue la concesión del registro por considerar que su eslogan vulnera los derechos de propiedad industrial de otro titular.

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